El ingreso mínimo vital también para los autónomos

Aprendimiento

El Ingreso Mínimo Vital es «una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades básicas». Esta medida, que fue aprobada el pasado viernes 29 de mayo mediante el Consejo de Ministros, está encaminada a ayudar a las familias con mayores dificultades económicas y sin capacidad de generar ingresos.  Se prevé que con esta medida se desahogue, en la medida de lo posible, la situación de un millón de familias.

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Por ello, vamos a conocer más en detalle en qué va a consistir esta prestación.

El Ingreso Mínimo Vital

La apertura del plazo de solicitud del Ingreso Mínimo Vital se realizará a partir del día 15 de junio, con el objetivo de ayudar a las familias en situación precaria. La cuantía de la ayuda variará de los 461-1015€ en función de la necesidad de ingresos para poder cubrir los gastos mínimos que tenga cada familia.

La solicitud se deberá realizar por parte de un único miembro exclusivamente de la familia, aunque se incluye a todo tipo de ellas en cuanto al número de integrantes. Además, ésta debe estar constituida con, al menos, un año de antigüedad con respecto a la fecha de requerimiento de la prestación. En caso de ser familias unipersonales, el tiempo de constitución aumenta hasta los tres años.

Sin embargo, se ha levantado una gran polémica en los últimos días porque quedan excluidas todas aquellas familias en las que haya un autónomo societario. En otras palabras, que tenga una Sociedad Limitada. Con esta decisión lo que se pretende transmitir es que aquél que regente una S.L. dispone de ingresos suficientes para no estar pasando apuros económicos. Y debemos tener en cuenta que, como toda empresa, las Sociedades Limitadas no son ajenas a la crisis.

¿Qué requisitos hay que cumplir para poder acceder al Ingreso Mínimo Vital?

Los requisitos principales que se han fijado para ser apto para el ingreso de esta prestación es, en primer lugar, la renta familiar. Después entra en juego la búsqueda activa de empleo, tratando de dar prioridad a quienes lo están buscando pero no lo encuentran.

El criterio para realizar el ingreso es el de agrupar toda la renta familiar y se podrá acceder a él si la renta mínima, en 14 pagas, no supera los 395,65€, que es la cantidad a la que equivale la prestación. Por tanto, por ejemplo, si en una familia de cuatro miembros, multiplicamos la cantidad anteriormente mencionada por el número de integrantes y el resultado obtenido no es superior a dicha cantidad, entonces podrá acceder al Ingreso Mínimo Vital.

También se tendrán en cuenta otros factores como el valor del domicilio de residencia, si es en alquiler o en propiedad, así como las deudas que pueda tener la familia.

Ingreso Mínimo Vital

El requisito de edad

Este requisito plantea que el solicitante debe tener una edad comprendida entre los 23 y los 65 años. Los menores de 23 años solo podrán ser válidos para la prestación en caso de tener hijos a su cargo. A partir de 65 años en principio queda restringido porque se debería tener acceso a la pensión.

Requisitos de residencia

En el caso de la residencia ha habido polémica, especialmente en el caso de la población inmigrante que reside en España. El Gobierno ha especificado que se debe haber residido legalmente mínimo un año en el país para poder solicitar el Ingreso Mínimo Vital.

¿Cómo se solicita el Ingreso Mínimo Vital?

Para poder solicitar el Ingreso Mínimo Vital se van a habilitar todos los canales que haya a disposición de la Administración. Ahora mismo únicamente estaría abierta la solicitud telemática vía certificado digital de la Seguridad Social. En cuanto se abran las sedes de la Seguridad Social, y siempre mediante cita previa, se podrá proceder a aplicar de manera presencial.

Además, se va a habilitar un número de teléfono (900) para resolver dudas así como se crearán un asistente y un simulador para la página web. Todo ello, y como hemos mencionado antes, a partir del día 15 de junio.

Vídeo

En todo lo anteriormente comentado va a consistir el Ingreso Mínimo Vital, una medida que resulta absolutamente necesaria en las circunstancias en las que nos encontramos y que va a ayudar económicamente a numerosas familias con problemas económicos e incluso en riesgo de exclusión social. No obstante, esto no debe quedar aquí, ya que hay que trabajar para que todas estas familias puedan acceder a un empleo en condiciones adecuadas y que mejore sustancialmente su calidad de vida.

Si queréis estar al tanto de las últimas novedades que rodean al colectivo de autónomos y pymes, no dudéis en visitar nuestro canal así como nuestra página web. Por otra parte, para conocer más detalles acerca del Ingreso Mínimo Vital y lo que va a suponer esta medida, ¡hemos preparado también un vídeo que no podéis perderos!

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