¿Qué ocurre con la moratoria de pago a la Seguridad Social?

Aprendimiento

​El pasado 1 de abril hablábamos de la medida aprobada por el Consejo de Ministros para la moratoria de seis meses de las cuotas a la Seguridad Social de mayo, junio y julio. Como pequeño recordatorio, lo que el Gobierno anunciaba en estas medidas era:

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  • La moratoria en sí, es decir, el aplazamiento de los tiempos del pago (en ningún caso la exoneración).
  • La facilitación de la reestructuración de la deuda. En otras palabras, su refinanciación.
  • Habilitación al ICEX para devolver a las empresas los gastos en ferias del ICEX canceladas.
  • Suspensión del pago de intereses por un año en los préstamos Emprendetur.
  • Medidas de flexibilización en los contratos de suministro.

Sin embargo, no se especificaba exactamente cómo se iban a desarrollar, ni por qué se hablaba de aplazamiento cuando, si se determina el cese de actividad, lo lógico sería la exoneración de las cuotas. Tampoco se precisaban los requisitos necesarios para acogerse a la medida. Al final, y como toda medida que se ha anunciado durante este período, parecía que iba a ser una solución que ayudase al colectivo pero solo podrán acceder a ella 12 sectores.

¿Quién puede acceder a esta moratoria?

Estas dudas quedan resueltas casi un mes después: la Seguridad Social por fin ha presentado los detalles de la resolución, que son bastante decepcionantes teniendo en cuenta que solo 12 epígrafes podrán acogerse a ella. 12 epígrafes que se corresponden a 12 sectores de autónomos dentro de todos los que hay, que son centenares. Es decir: gran parte de los autónomos del país no se podrán beneficiar de la moratoria de las cuotas sin intereses, de modo que tendrán que pagar incluso sin tener la posibilidad de desarrollar su actividad profesional y, por tanto, sin recibir ningún ingreso.

Así, los 12 epígrafes que la Seguridad Social contempla son los siguientes:

  1. Otros cultivos no perennes.
  2. Otros cultivos perennes.
  3. Otras actividades de impresión y artes gráficas.
  4. Fabricación de carpintería metálica.
  5. Fontanería e instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado.
  6. Instalación de carpintería.
  7. Comercio al pormenor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco.
  8. Otro comercio al pormenor en establecimientos no especializados.
  9. Comercio al pormenor de pan, productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados.
  10. Agencias de publicidad.
  11. Actividades odontológicas.
  12. Peluquería y otros tratamientos de belleza.

Estos casos son los únicos, como ya se ha mencionado, que podrán acogerse a la moratoria. El resto, si quiere aplazar los pagos, tendrá que abonar también los respectivos intereses. Resulta irónico entonces que el Gobierno hable de ayudas y de su preocupación por los autónomos, pues solo un millón de los más de tres millones que hay dados de alta en España se incluyen en esta medida. Es decir, más de dos millones de trabajadores se quedan en la estacada.

Moratoria

¿Qué va a suceder con el resto de trabajadores?

Podíamos esperar que el resto de trabajadores por cuenta ajena que quedan abandonados a su suerte con esta medida, pudieran, al menos, acogerse a la moratoria, aunque eso significara que tendrían que seguir pagando a pesar de que no pueden trabajar. Pero es que, como ya hemos comentado, tan solo 12 epígrafes van a poder acceder a esta medida.

Como vemos es una medida que, más que ayudarnos, sirve como publicidad al Ejecutivo, pero no soluciona nuestros problemas como autónomos. Se habla mucho de la necesidad de recuperar la economía, de salir rápidamente de esta crisis provocada por la pandemia pero no se toman las medidas oportunas para poder hacerlo. Los datos de la EPA en cuanto al paro este primer trimestre del año son los peores desde 2013, y eso teniendo en cuenta que los dos primeros meses no se vieron afectados por el estado de alarma. Cabe esperar que los datos de la siguiente encuesta sean catastróficos. Y, aun así, el Gobierno sigue sin tomar medidas efectivas para apoyar al tejido empresarial.

De esta forma, no sería de extrañar que muchos negocios arrastren durante mucho más tiempo sus problemas económicos, a pesar de que se dé por concluido el estado de alarma. Es crucial que la Administración se dé cuenta de que tiene que tomar medidas reales y efectivas, no solo “bonitas” y de cara a la agenda mediática y publicitaria, si quiere que el país no se ahogue más profundamente en la crisis en la que nos estamos adentrando inexorablemente.

Vídeo

La medida de la moratoria no fue muy bien entendida cuando se anunció. Sin embargo, debido a la situación en la que se encuentra la Administración con los ceses de actividad, tiene más sentido. No obstante, también esta medida ha quedado limitada. La Seguridad Social tan solo contempla 12 epígrafes que podrán acogerse a una prestación que ni siquiera exonera a los autónomos de pagar su cuota mensual. El resto de autónomos no podrán aplazar sus cuotas sin pagar intereses.

La noticia de la moratoria se anunció de forma muy espectacular. Los autónomos se podían despreocupar de todo por el momento. Pero tres semanas después sale la reglamentación relativa a la medida y, otra vez, el colectivo queda abandonado a su suerte.

Como siempre, hemos preparado un vídeo en el que hablamos más en detalle sobre esta situación. Además, diariamente estamos compartiendo contenido e información para ayudar a los autónomos durante esta crisis. ¡No te lo pierdas!

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