Entender una NÓMINA, información, apartados, devengos y deducciones

Asesoría Laboral

Para entender una nómina la definiremos como el equivalente a una factura en las relaciones mercantiles, actúa como justificante de pago por el trabajo realizado de un empleado

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¿Qué es y cómo entender una nómina?

La nómina es el documento que las empresas entregan a sus trabajadores como recibo o factura del pago de sus servicios, así como de las cantidades cotizadas en su nombre a la Seguridad Social y retenidas en el IRPF.

Así pues, para entender las nóminas debemos saber también que son el registro contable que la empresa realiza sobre el sueldo de sus trabajadores, bonificaciones y deducciones.

Las nóminas son conocidas también como recibo de salarios.

 

Partes de una nómina

Para entender una nómina debemos saber que están formadas por diferentes partes que deben aparecer en el documento y que están perfectamente definidas en la disposición 116377 del BOE num 273 del 2014.

Así pues, podemos diferenciar los siguientes secciones o partes que deben formar parte de una nómina

 

Encabezado: datos identificativos de la nómina

El encabezado contendrá los datos identificativos de ambas partes, del empleador y del empleado.

  • Bloque identificativo del empleador.
    • Razón social o nombre del empresario, si es persona física.
    • Domicilio social de la empresa.
    • Código de Identificación Fiscal (ó NIF).
    • Código de Cuenta de Cotización de la Seguridad Social.

 

  • Bloque identificativo del empleado.
    • Nombre y apellidos.
    • DNI, NIE o Pasaporte.
    • Tipo de contrato
    • Número de afiliación a la Seguridad Social.
    • Grupo profesional.
    • Grupo de cotización del trabajador.
    • Antigüedad.

 

Periodo de liquidación.

La nómina deberá incluir el periodo de liquidación del documento y los días trabajados durante un periodo determinado.

Habitualmente el periodo suele ser de un mes y puede recogerse de la siguiente manera:

  • 30 días, aunque el mes tenga 28, 29 o 31 días.
  • Días naturales reales del mes.
  • Días laborales, habitualmente 22.

 

Devengos, percepciones salariales y no salariales de la nómina

Cuando hablamos de los devengos de una nómina nos estamos refiriendo a los ingresos brutos que recibe un trabajador y que se calculan con la suma de las percepciones salariales y las percepciones no salariales.

Sobre estas cantidades se aplican después las deducciones, como puedan ser las cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones del IRPF,

Las percepciones salariales están recogidas en los Convenios Colectivos, aunque pueden ser mejoradas con un acuerdo entre ambas partes.

Los conceptos no salariales dependen de la experiencia, cualificación o competencia requerida para un puesto de trabajo determinado, hablamos de los complementos, pluses, antigüedad, premios o mejoras, etc..

 

Percepciones salariales

Las percepciones salariales son el salario bruto que corresponde al trabajador según el Convenio Colectivo del sector y actividad realizada por la empresa que cotizan a la Seguridad Social y forman parte de la base imponible para aplicar la retención del IRPF.

  • Salario base, salario por el grupo profesional en el Convenio Colectivo correspondiente.
  • Complementos salariales. Complementos propios de la actividad laboral
    • Circunstancias personales (formación y antigüedad)
    • Puesto de trabajo
      • Las primas a la producción por calidad o cantidad de trabajo.
      • Flexibilidad horaria.
      • Por residencia en territorios insulares o en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
      • Plus de polivalencia funcional o complemento de disponibilidad funcional.
      • Por función desempeñada.
    • Resultados de la empresa.
  • Horas extra. Horas de trabajo que exceden la jornada laboral para los trabajadores a jornada completa.
  • Horas complementarias. Horas de trabajo que exceden la jornada laboral para los trabajadores a jornada parcial.
  • Gratificaciones extraordinarias. Las pagas extraordinarias.
  • Salario en especie. Salario que se paga a través de productos o servicios puestos a disposición de los empleados.
    • Uso de vivienda de la empresa.
    • Vales de transporte o guardería.
    • Vehículo, parking o teléfono de empresa.
    • Tickets restaurante.
    • Formación.
    • Seguro médico privado.

 

Percepciones no salariales

Las percepciones no salariales son los bienes o servicios que la empresa pone a disposición de sus empleados que NO cotizan a la Seguridad Social y NO forman parte de la base imponible para aplicar la retención del IRPF.

  • Suplidos. Gastos adelantados por el trabajador para realizar su trabajo (transporte, dietas, gastos de material etc..).
  • Prestaciones Seguridad Social. Indemnizaciones por despido, suspensión o traslado, gastos pagados por la empresa por IT o desempleo, etc.
  • Indemnizaciones por traslados, suspensiones o despidos.

   

Deducciones. Seguridad Social y IRPF

Las deducciones a aplicar a la nómina son fundamentalmente las referentes a la Seguridad Social y al IRPF del trabajador, pero existen otros conceptos que pueden aparecer en esta parte de la nómina.

 

Cotizaciones a la Seguridad Social

La mayoría de la cotización del trabajador a la Seguridad Social es asumida por el empleador en la conocida como cuota patronal, y otra parte muy inferior por el trabajador, cuota obrera.

    • Cotización por contingencias comunes. Cotizaciones para las situaciones de incapacidad temporal o permanente derivadas por enfermedad común, maternidad, paternidad, jubilación y accidente no laboral.Cotización del  28.30%. El 23,60% es a cargo de empresa y el 4,70% del trabajador.
    • Cotizaciones para las prestaciones de los trabajadores desempleados. Cotización del 7,05%  en la mayoría de contratos. El empleador cotiza el 5,50% y el trabajador el 1,55%.Cotización del 8,30% en los contratos temporales. La empresa cotiza 6,70% y el 1,60% el trabajador.
    • Formación Profesional. Cotización para la formación y reciclaje de los trabajadores.Cotización del 0,70%, la empresa 0,60% y el 0,10% el trabajador.
    • Fondo de Garantía Salarial, FOGASA. Cotización para garantizar parte de los salarios e indemnizaciones en caso de insolvencia, concurso de acreedores o quiebra de la empresa. Cotización del 0,20%, sólo la empresa.
    • Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Se calcula con las tablas de cotización para cada actividad, de la ocupación efectiva del trabajador o de la actividad empresarial (CNAE).Cotización entre el 1,50% y el 6,70%, sólo la empresa.
    • Horas extraordinarias. Cotización por las horas extraordinarias.Cotizan 14% las motivadas por causa de fuerza mayor, 12% a cargo de la empresa y el 2% del trabajador.  El resto según las reglas de las contingencias comunes.

 

Retenciones del IRPF

La retención es el adelanto de cantidades para la liquidación del impuesto sobre la renta que se declarará en la Declaración de la renta en el año siguiente.

El porcentaje de retención es variable ya que el IRPF, o Impuesto sobre la renta de las personas físicas, es un impuesto progresivo, cuanto más dinero se obtiene como renta en un periodo, mayor es el porcentaje del mismo que se debe liquidar.

Para poder calcular la retención de cada trabajador deberemos conocer:

  • Previsión de retribuciones recibidas por rentas del trabajo.
  • Situación personal (edad, grado de discapacidad si procede, si reside en Ceuta y Melilla);
  • Situación familiar del empleado (estado civil, ingresos del cónyuge, descendientes y ascendientes)
  • Tipo del contrato.

La retención mínima es un 2%, siendo 15% la media.

 

Anticipos, productos recibidos en especie, otras deducciones

El anticipo de nómina, las cantidades netas que suponga el uso de productos y servicios de la empresa recibidos como pago en especie y por ejemplo, las cuotas sindicales o la devolución de préstamos.

 

Líquido a percibir.

En este apartado se declara la cantidad líquida que percibe el trabajador en el periodo determinado de la nómina en cuestión.

Devengos menos deducciones.

 

Lugar, firma y sello.

En esta última parte se recogen las firmas y sello de la empresa, así como la firma del trabajador.

Si la nómina es pagada por transferencia bancaria ya no hace falta la firma de la nómina como recibo de las cantidades adeudadas.

 

Información de las Bases de cotización

Desde el 2015 es obligatorio incluir en a la nómina este apartado que recoge información sobre las bases de cotización y pone de manifiesto el coste total de contratación de un trabajador.

La norma obliga a informar de

  • La cuantía total de la cotización a la Seguridad Social.

Este apartado es fundamental para entender la nómina, para saber realmente el esfuerzo que supone para la empresa y que porcentajes de las deducciones paga el empleado y cuales la empresa.

 

Video Entender una nómina

Todo lo que necesitas saber para entender una nómina

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