Las obligaciones fiscales de los autónomos

Autónomos, Diccionario Emprendedor

Existen una serie de obligaciones fiscales para los autónomos por el mero hecho de serlo. La primera obligación fiscal que tendrá un autónomo será la de darse de alta en el modelo 036/037. Es en este momento cuando el autónomo proporcionará sus datos y especificará cuál es la actividad económica que va a desarrollar en uno de los epígrafes del IAE.

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Si la actividad desempeñada no supera el millón de euros de facturación, no habrá que abonar impuestos en el IAE aunque haya que darse de alta igualmente.

¿Qué obligaciones fiscales, impuestos, debe presentar un autónomo?

Los impuestos que debe presentar un autónomo dependerán de cada caso en concreto aunque la mayoría de ellos tendrán que ser presentados por todos los autónomos.

El primero de los impuestos que se deben presentar, sin excepción, es el IVA. Para ello habrá que rellenar el modelo 303, en el que se declarará el IVA recibido o emitido y se liquidará la diferencia entre ambos de forma trimestral. También habrá que cumplimentar el modelo 130 para declarar el IRPF y retener a cuenta cantidades que posteriormente se incluirán en la Declaración de la Renta para dilucidar cuanto impuesto habrá que pagar. También se hace de forma trimestral.

Otras obligaciones fiscales, modelos, de los autónomos

También existen otros modelos que los autónomos tendrán que rellenar aunque no estén dados de alta en ellos en el modelo 036/037. Un ejemplo es el de las retenciones y pagos a cuenta a otros profesionales, empresarios, autónomos o a los propios trabajadores que tenemos a nuestro cargo. El modelo que hay que rellenar para declarar este impuesto es el 111, cuya presentación es trimestral y en el que se liquidarán esas retenciones que se han ido aplicando.

Por otro lado, es necesario liquidar cualquier impuesto relativo al alquiler de un local o nave. Esta retención se tiene que presentar a través del modelo 115. En él se declararán todas las cantidades retenidas a cuenta del arrrendador y se pagarán de manera trimestral.

Además de estos modelos mencionados, existen otros que cada cual deberá rellenar en función de su actividad particular. Por ello, recomendamos que, si tenéis alguna duda, consultéis a un profesional que sepa asesoraros acerca de vuestro caso concreto.

¿Cuándo se debe cumplir con las obligaciones fiscales de los autónomos?

La presentación de cada impuesto dependerá del sistema de tributación en el que se encuentre cada autónomo. Si éste tributa en estimación directa simplificada, que es lo más común, deberá mostrar ante la administración de forma trimestral cada uno de ellos. Para ello se habilita un plazo de 20 días desde el final de cada trimestre. Las fechas correspondientes son el 20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre y 20 de enero.

Nota: En cualquier caso, debéis recordar que, independientemente de vuestra actividad, todos los trimestres tendréis que presentar el modelo 111 y el 115 (si poseéis un local en alquiler) además de aquellos particulares relativos a vuestro tipo de negocio.

Obligaciones fiscales autónomos

Las obligaciones fiscales anuales del autónomo

Además de estas obligaciones trimestrales, también existen otras de carácter anual, que se presentan entre el día 1 y 30 de enero. Es este período se hace un resumen de todos los modelos trimestrales presentados durante cada ejercicio. Modelos tales como el 390 para el IVA, el 180 de retenciones para alquileres o el 190 para retenciones e ingresos a cuenta del IRPF.

Entre el 1 y el 28 de febrero existe una declaración informativa que hay que presentar denominada modelo 347 que informará a Hacienda sobre todos los autónomos, empresas o profesionales con los que ha existido una relación comercial que supera los 3.005€, IVA incluido. Esta es la forma que tiene Hacienda para comparar los datos de cada una de las partes y así comprobar que ambas están declarando lo mismo es sus modelos trimestrales.

La Declaración de la Renta

Finalmente, todos los autónomos deberán rellenar el modelo anual del IRPF, que es concretamente la Declaración de la Renta. En ella se cogerán todas las cantidades retenidas en cada trimestre a través del modelo 130 y, con la base imponible se calculará cuánto dinero habrá que abonar por ese ejercicio a Hacienda.

Si se ha retenido de más, entonces será la administración la que devuelva dinero, mientras que si se ha retenido menos cantidad de la correspondiente, tocará pagar la Declaración de la Renta.

Vídeo Obligaciones fiscales del autónomo

Esperamos que, tras el repaso que hemos realizado, os hayan quedado más claras las obligaciones fiscales que tenéis adquiridas por el hecho de ser autónomos, tanto las comunes como las específicas y relativas a vuestra actividad.

Y, como es tradición, también hemos preparado un vídeo en el canal en el que hablamos sobre este tema y que os recomendamos que veáis en caso de que sigáis teniendo alguna duda.

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