Las medidas de seguridad en la vuelta al trabajo
La seguridad es un elemento clave que deben cumplir todas las empresas en la vuelta al trabajo de sus empleados. Todos aquellos empresarios con trabajadores a su disposición deben encargarse de asegurar que éstos pueden desempeñar sus labores en las condiciones más seguras posibles.
El pasado 30 de marzo se anunció el comienzo del permiso retribuido recuperable. Los trabajadores de actividades no esenciales debían permanecer en su domicilio sin trabajar hasta el 13 de abril, que podían volver a sus quehaceres. Ahora, todos esos negocios han recuperado cierta normalidad y los empresarios deberán cumplir con algunas recomendaciones y exigencias para proteger a sus empleados.
La Administración ha creado una «Guía de Buenas Prácticas», con recomendaciones para los centros de trabajo, empresarios y trabajadores. El consejo principal consiste en respetar los dos metros de seguridad entre personas. En locales abiertos al público, el aforo quedará limitado al número de clientes máximo con el que se pueda respetar dicha distancia. En oficinas debe haber sistemas para higienizar la misma de manera periódica, disponiendo de sistemas de ventilación eficientes.
Sin embargo, si no se pueden cumplir los dos metros de separación para la realización de la actividad, la empresa debe poner a disposición de los empleados elementos de higiene básicos. Aquí es precisamente donde se genera el gran problema.
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¿Qué dice la ley?
La ley determina que se deben garantizar las medidas de autoprotección para los trabajadores, facilitando el material necesario. El contratiempo se produce en el momento en el que no existe ese material. No se trata de una cuestión de inversión en mascarillas y geles hidroalcohólicos, es que no hay instrumental que poder adquirir. Para las empresas es complicado proporcionar las medidas de protección y, si no se puede garantizar esta seguridad, no se debería volver a retomar la actividad.
Habrá que seguir esperando para ver si es posible para los empresarios cumplir con esta obligación tan necesaria. Además, se da el caso de que empresas que adquirieron ese material para garantizar la seguridad de sus empleados, han visto como el Gobierno se lo ha incautado para emplearlo en donde era más necesario.
Probablemente no se incautaría ese material a pymes y autónomos pero es necesario obtenerlo para poder recuperar la actividad con normalidad. No obstante, no es sencillo de obtenerlo porque ni pagando un sobreprecio se puede acceder a él de forma normal.
¿Cómo garantizar la seguridad?
Para poder garantizar la seguridad de los empleados, hay una serie de medidas que han recomendado los expertos:
- Mantener los dos metros de distancia siempre y cuando las circunstancias y características del trabajo lo permitan. Se realizarán los trabajos de manera individual, cuando sea posible.
- Disponer de pantallas de seguridad y kits de higiene personal, con guantes, mascarillas y geles hidroalcohólicos.
Estas son las principales medidas que se deben tomar y a las que el empresario queda obligado por ley. Sin embargo, no debería hacer falta que lo dictamine una ley para que un empresario cuide al máximo de sus trabajadores, porque son el mayor activo que tiene cualquier empresa.
Si no somos capaces de garantizar esta seguridad, lo más recomendable será cesar la misma o continuar con el teletrabajo ya que las consecuencias pueden ser nefastas.
Nota: Las instalaciones deberán ser desinfectadas mínimo con cada cambio de turno y las instalaciones se deben ventilar con frecuencia para renovar el aire del interior.
¿Qué ocurre con los locales abiertos al público?
En caso de disponer de un local con apertura al público, las medidas serán las mismas. El personal deberá ser dotado de esos kits de higiene personal y deberán mantener la distancia de dos metros entre empleados.
Al local en cuestión podrán entrar el número de personas justo que permita mantener la distancia de seguridad establecida y recomendada por las autoridades. Sería óptimo establecer un control de acceso, aunque no todas las empresas y pymes pueden permitirse estos dispositivos, por lo que no son obligatorios.
Vídeo
Como hemos hablado, es absoluta y estrictamente necesario dotar a los trabajadores de las condiciones de seguridad oportunas para que puedan desempeñar sus labores con la mayor seguridad posible. En caso de no poder hacerlo, lo más recomendable es no reactivar la actividad o seguir teletrabajando.
Desde aquí le solicitamos a las administraciones que la cadena de distribución funcione que no sea la falta de material de higiene personal el que impida la recuperación económica.
Y como es habitual, hemos preparado un vídeo en el canal en el que hablamos más detalladamente sobre este tema y sobre todo lo que tiene que ver con los autónomos y pymes durante esta crisis del COVID-19.